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Madrid
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Ponentes:

 Juan Manuel Cruz Palacios, Director Relaciones Laborales, PRL y Sostenibilidad Infraestructuras Acciona Carlos De La Torre García, Of Counsel en el Departamento Laboral de Baker Mckenzie, Consejero Académico de Fide

Moderador:

 Juan Chozas, Of counsel, Auren Abogados.

Objetivos:La reforma de pensiones tiene una próxima frontera: el impulso de los planes de pensiones de empleo a través de la negociación colectiva sectorial.El proyecto de Ley para el impulso de los planes de pensiones de empleo incorpora una nueva arquitectura jurídica del pilar 2 creando dos instrumentos nuevos: los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos (FPEPPA) y los planes de pensiones de empleo simplificados (PPES) que se integraría en tales fondos y que podrán ser promovidos por empresas privadas a través de los convenios sectoriales; las AAPP incluidas los Ayuntamientos y las entidades públicas dependientes; las cooperativas; y las asociaciones de autónomos; mutualidades; o colegios profesionales.Se trata de dos instrumentos con fuerte intervención pública y de la patronal y de los sindicatos (en la comisión de control de los fondos). El nuevo diseño legal se asienta en la negociación sectorial y, también, en los incentivos fiscales para las empresas y trabajadores adheridos. En ese contexto, el reciente acuerdo en el convenio colectivo de sector de la construcción que incluye la creación de un plan de pensiones en el sector para las empresas y trabajadores es histórico y puede tener un “efecto llamada” en otros sectores.En la presente sesión, debatiremos sobre el futuro de los planes de pensiones de empleo en España desde una visión empresarial y, especialmente, con la perspectiva de su impulso a través de la negociación colectiva de sector y revisaremos entre otras las siguientes cuestiones:¿Será posible incluir en los convenios de sector la obligatoriedad para las empresas de su ámbito funcional de adherirse a un plan de pensiones sectorial? ¿Y para los trabajadores?¿Será posible la portabilidad de los derechos económicos de un plan de sector cuando el trabajador cambie de sector y empresa?¿Qué incentivos fiscales tendrán las empresas y los trabajadores adheridos a los planes de pensiones sectoriales?¿Cómo evitar que los trabajadores de empresas que no se adhieran a los planes sectoriales pierdan la oportunidad de tener un sistema de previsión en el pilar 2?¿Es razonable que el Pilar 2 (planes de empresa) compita con el Pilar 3 (planes individuales) de manera tan desigual en términos de fiscalidad?¿Será posible que los trabajadores individuales que no puedan acceder al pilar 2 se puedan adherir a algún tipo de “plan escoba” para evitar que pierdan sus oportunidades de ahorro previsional?

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