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FIDE - C/ Serrano 26 - 4°dcha - 28001
Madrid
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Ponentes:
  • María Alvarez Caro, Public Policy & Government Relations Manager, Google Spain & Portugal
  • Pedro de Miguel Asensio, Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UCM y consultor de Allen & Overy

b[Moderador: Iván Heredia, ]bProfesor Titular de Derecho Internacional Privado de la UAM y Abogado asociado en Garrigues. Miembro del Consejo Académico de FideObjetivos: La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 24 de septiembre de 2019 relativa al alcance territorial del derecho al olvido constituye un hito de gran importancia para precisar los límites territoriales de las medidas de tutela basadas en la legislación sobre protección de datos personales. En concreto, tratándose de la retirada de contenidos de Internet, el alcance potencialmente global de la Red es fuente de incertidumbre. Destacando las diferencias a nivel mundial en lo relativo al reconocimiento al derecho al olvido, el Tribunal de Justicia considera que no cabe exigir con carácter general que las medidas para hacerlo efectivo deban tener una dimensión mundial, lo que implicaría que la prohibición afectara a los resultados de búsquedas realizadas desde terceros Estados. El criterio de base por el que opta la sentencia es que los gestores de los motores de búsqueda están obligados a eliminar en principio los resultados no a nivel mundial sino en las versiones que correspondan al conjunto de los Estados miembros, combinándola con mecanismos de geolocalización que impidan o dificulten seriamente el acceso a los resultados de que se trate desde el territorio de la Unión Europea.

La sesión tendrá por objeto analizar las aportaciones de esta sentencia, junto con los múltiples interrogantes que su aplicación futura plantea. El Tribunal no descarta que en situaciones diferentes a las del litigio principal, las medidas de alcance global puedan resultar justificadas. Asimismo, la delimitación del alcance territorial de las medidas de retirada dentro de la UE, y la posibilidad de que en ocasiones, vayan referidas solo a unos o varios Estados miembros, merece también especial atención a la luz de las sentencia. Su significado en el marco del debate acerca de la interacción entre la aplicación jurídico-pública de la legislación de protección de datos personales y la tutela privada mediante el ejercicio de acciones civiles transfronterizas en este ámbito será objeto también de discusión.

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