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Madrid
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Ponentes:

Antonio Descalzo, Profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Carlos III de Madrid

Alberto Palomar Olmeda, Abogado en el Área de Derecho Administrativo en Broseta Abogados. Profesor Titular de Derecho Administrativo (Acreditado por la ANECA), Universidad Carlos III de Madrid. Consejero Académico de Fide

Diego Pérez Martínez, Director de la División Jurídico-Institucional de la AIReF. Abogado del Estado.

Moderadora:  Consuelo Alonso, Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Castillaâ¿¿La Mancha

Objetivos: La Sentencia del Tribunal Constitucional 68/2021, de 18 de marzo de 2021, que es consecuencia del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón, declara inconstitucionales diversos preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre (RCL 2017, 1303 y RCL 2018, 809) , de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE (LCEur 2014, 535) y 2014/24/UE (LCEur 2014, 536) , de 26 de febrero de 2014.Lo característico del pronunciamiento es que supone, en alguna medida, un replanteamiento del esquema tradicional de las fuentes del procedimiento administrativo y de la capacidad de las normas sectoriales de marcar especialidades que “rompan” el planteamiento del procedimiento administrativo común.La sesión tiene por objeto estudiar el contenido de la sentencia y analizar sus efectos en el ámbito de la propia configuración del esquema de fuentes actual, así como examinar la proyección de la misma en relación con el global sistema de fuentes que define la propia normativa de procedimiento administrativo común.

Organizadores

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