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FIDE Fundación - COAM C/Hortaleza 63
Madrid
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Ponente:

  •  Javier Pérez-Fadón Martínez, Ex-Subdirector General de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos, Dirección General de Tributos. Inspector de Hacienda.

Moderador:

  •  Javier Estella, Socio Director de Avantia Asesoramiento Fiscal y Legal. Consejero Académico de Fide

Objetivos:El pasado 29 de septiembre de 2022, la Ministra de Hacienda presentó la propuesta para crear el Impuesto sobre la solidaridad de las grandes fortunas, que afectaría a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros.En concreto, el tipo anunciado del Impuesto sobre la solidaridad de las grandes fortunas, sería del 1,7% para los patrimonios entre 3 y 5 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5 y 10 millones de euros; y del 3,5% para patrimonios superiores a 10 millones de euros. Los sujetos pasivos podrían descontar del nuevo impuesto la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio pagada, en su caso, a la correspondiente Comunidad Autónoma.Según la Ministra de Hacienda se trataría de un impuesto estatal de carácter temporal para los años 2023 y 2024, aunque se incluiría una cláusula de revisión para evaluar el término de su vigencia si es necesario mantenerlo o suprimirlo. El potencial de contribuyentes afectados se situaría en 23.000 contribuyentes (el 0,1% del total) y el impacto recaudatorio potencial alcanzaría los 1.500 millones de euros, según los datos facilitados por el propio Ministerio.Posteriormente, con la publicación del Plan Presupuestario para 2023 han surgido dudas sobre si la entrada en vigor del nuevo Impuesto sobre la solidaridad de las grandes fortunas se plantea por el Gobierno para el propio ejercicio 2022, es decir que el devengo sea el 31 de diciembre de 2022, y se pague entre abril y junio de 2023 y por lo tanto se adelante un año su aplicación sobre lo primeramente anunciado.Se espera que este nuevo Impuesto sobre la solidaridad de las grandes fortunas se presente vía enmienda a la proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, actualmente en Tramitación Parlamentaria en el Congreso de los Diputados en plazo de enmiendas.Esta sesión pretende comentar la propuesta sobre el Impuesto sobre la solidaridad de las grandes fortunas una vez se presente en el Parlamento, su entrada en vigor y ejercicios a los que aplica, comentar toda su configuración, en especial las diferencias y similitudes con el Impuesto sobre el Patrimonio, valoración de los bienes, la aplicación de los beneficios de empresa familiar, la aplicación del límite conjunto de cuotas entre el IRPF y el nuevo Impuesto, así como la deducción de la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio en las Comunidades Autónomas que no lo tienen bonificado totalmente como Madrid y Andalucía o parcialmente como Galicia, la naturaleza estatal del nuevo Impuesto e Inspección por la AEAT, su posible inconstitucionalidad de acuerdo a la doctrina actual del Tribunal Constitucional.Igualmente se tratará el Impacto del nuevo Impuesto sobre la solidaridad de las grandes fortunas a los no residentes en España que tengan bienes en España y a los residentes en España en régimen de impatriados (Ley Beckham).

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