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Colegio Notarial de Madrid, Calle Ruiz de Alarcón, 3
Madrid
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Nuestro Código Civil prohíbe al testador disponer libremente de su patrimonio, estando obligado a dejarlo a determinados parientes por el mero hecho de serlo. Son muchos los cambios sociales y económicos que se han producido los últimos años y que han afectado también a la familia. El aumento de la esperanza de vida ha dado lugar a que quienes heredan a sus padres lo hagan con más de 50 ó 60 años, cuando ya están sobradamente cumplidas las obligaciones de los padres de alimentar y proporcionar una formación a los hijos. Asimismo, hoy ya no parece que pueda decirse que el derecho de los descendientes al patrimonio de los padres se justifique en que todos han contribuido a la formación del patrimonio familiar.

Entre otras, estas circunstancias han provocado que se plantee si hoy es conveniente que subsistan estas limitaciones a la facultad de disponer mortis causa o si, por el contrario, es necesario adaptar el modelo de Derecho de Sucesiones de forma que el testador pueda disponer libremente de su patrimonio atendiendo a afectos, a la necesidad de trasmitir la titularidad de una empresa, a discapacidades y necesidades de familiares o de terceros.

¿Supone la supresión de la legítima una desprotección de la familia? ¿Deben sustituirse las legítimas por un derecho de alimentos a favor de determinados parientes o allegados? ¿Qué incidencia tiene la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Derecho de Sucesiones? ¿Qué modelos sucesorios existen en otros países y territorios forales?

Hora: 19.30

Ponentes:

Doña Teodora Torres. Catedrática de Derecho Civil. Universidad de Valladolid.

Don Victorio Magariños Blanco. Notario.

Don Ignacio Gomá. Notario. Presidente de la Fundación Hay Derecho

Modera: Doña Matilde Cuena Casas. Profesora Titular de Derecho Civil (acreditada a catedrática) Universidad Complutense. Vicepresidenta de la Fundación Hay Derecho.

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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Memento Ejercicio Profesional de la Abogacía 2016-2017

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