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Organiza: Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona (UB)
La entrada en vigor de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, supone la consolidación definitiva de la mediación como procedimiento alternativo para la resolución de conflictos en nuestro país. Como destaca la Exposición de Motivos de la ley, la mediación ha demostrado "su capacidad para dar soluciones prácticas, efectivas y rentables a determinados conflictos entre partes y ello la configura como una alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral, de los que se ha de deslindar con claridad".
Hoy, la mediación se presenta como un procedimiento que puede resultar especialmente apropiado en relación a los conflictos del ámbito asegurador. Las experiencias en el derecho comparado parecen confirmarlo, así como los rigurosos estudios que analizan los conflictos en términos de coste-beneficio. En este escenario, y con la ley estatal como instrumento privilegiado, resulta necesaria una reflexión por parte de los operadores jurídicos y técnicos, responsables del devenir del mercado de seguros.
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